Inicio POLÍTICA Este miércoles 3 de enero terminan las precampañas e inicia periodo de...

Este miércoles 3 de enero terminan las precampañas e inicia periodo de intercampaña del proceso electoral local 2023-2024

175
0

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana informa que, de acuerdo con el Calendario Integral Electoral aprobado en septiembre pasado, las precampañas para la elección de la gubernatura, munícipes y diputaciones del proceso electoral local 2023-2024 terminan este
miércoles 3 de enero de 2024 para dar paso al periodo de intercampaña, que es la fase del proceso electoral que transcurre del día siguiente al que terminan las precampañas al día anterior al inicio de las campañas respectivas, es decir, comprende del día 4 de enero al 29 de febrero de 2024.
La intercampaña es un periodo concebido para atender y resolver los posibles litigios suscitados en torno a los procesos internos de selección de candidaturas de los partidos políticos, así como respecto del apoyo recabado por quienes aspiran a postularse por la vía independiente. En este sentido, la intercampaña tiene por objeto poner fin a los procesos internos de los partidos políticos para dar pie al proceso de registro de candidaturas a los distintos cargos de elección popular.
Así, será del 5 al 11 de febrero en que se recibirán las solicitudes de registro de candidaturas a la gubernatura, del 12 al 25 del mismo mes se recibirán las solicitudes de registro de candidaturas a diputaciones, y del 12 de febrero al 03 de marzo se recibirán las solicitudes de
las candidaturas a munícipes, en todos los casos, candidaturas tanto de partidos políticos como de independientes. Las campañas para la gubernatura iniciarán el 1 de marzo, y las de diputaciones y munícipes lo harán el 31 del mismo mes. Todas las campañas electorales
concluirán el 29 de mayo de este año, el miércoles previo al domingo 2 de junio, día de la elección.

La propaganda política en intercampañas debe ser genérica e informativa:


 El contenido que se difunda por parte de los partidos políticos en este periodo de intercampaña debe tener el carácter de informativo y genérico: presentar ideología, principios, valores o programas de un partido, o bien, realizar invitación a la ciudadanía a
formar parte del mismo.


 Este tipo de publicidad se encuentra focalizada a promover la imagen del partido político y
sus postulados esenciales. Está prohibida la difusión de propaganda electoral:


 Durante el periodo de intercampaña está prohibida la propaganda electoral, es decir, aquella
que promueva ante la ciudadanía una candidatura con llamados explícitos a votar a favor o
en contra de alguien.

Promocionales de radio y televisión difundidos


 Si bien los partidos políticos cuentan con 9 minutos diarios en cada estación de radio y
televisión para difundir propaganda política, estos tiempos deben ser usados para difundir
contenidos de carácter general e informativo sin que se hagan llamados explícitos a votar a
favor o en contra, o referencias expresas a candidaturas y plataforma electoral del partido
político que difunde el promocional.


Esta comunicación es un boletín informativo que recoge las principales reglas generales que rigen
las intercampañas, pero no representa la formulación de reglas específicas por parte del IEPC.

Termina el plazo para acopio de firmas de candidaturas independientes De acuerdo con el Calendario Integral Electoral, este 3 de enero de 2024 es la fecha límite para que las y los aspirantes a candidaturas independientes a diputaciones y munícipes concluyan con
el proceso de acopio de firmas y los actos para recabar el apoyo de la ciudadanía.


Para este proceso electoral, ocho ciudadanas y ciudadanos aspiran a una candidatura independiente: cinco a cargos municipales (en Guadalajara, Zapopan, Zapotlán el Grande, Tequila, Tonalá) y 3 a diputaciones locales por los distritos 10, 14 y 20. Los aspirantes a las
candidaturas independientes para el municipio de Tonalá y el distrito 20, podrán seguir recabando el apoyo de la ciudadanía hasta el 16 de enero del presente año, esto derivado de los


acuerdos del Consejo General IEPC-ACG-101/2023 e IEPC-ACG-102/2023, ambos de fecha 8 de
diciembre de 2023. Las y los ciudadanos aspirantes a munícipes están obligados a reunir el 1% de firmas del listado
nominal (con corte al 31 de agosto de 2023) de por lo menos la mitad de las secciones del
municipio por el que pretenden contender. En el caso de las diputaciones, requieren el 1% de las
firmas del listado nominal (con el mismo corte al 31 de agosto de 2023) de por lo menos la mitad
de las secciones electorales del distrito para el que desean postularse.

Comments

comments

Artículo anterior¿Cómo saber si esa inflamación abdominal es por parásitos y no colitis?
Artículo siguienteInterviene Segob en elección de Jalisco: Lemus
Periodista, resignado Atlista, enamorado de mi ciudad y de mi Estado. De L a V en punto de las 7am al aire @1070noticias http://bit.ly/oYJFU2