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Se publica en Jalisco reglamento para procesos de auditoría ambiental

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Jalisco cuenta ya con un reglamento para la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambienta (LEEEPA) en materia de autorregulación y auditoría ambiental.

Con este reglamento, se le dará certidumbre jurídica a las empresas que llevan a cabo procesos de auditoría en Jalisco para obtener su certificación ambiental por parte del Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (SEMADET).

En él, se establecen tiempos concretos de respuesta por parte de la Autoridad y procedimientos claros para obtener este reconocimiento oficial que se otorga no sólo por cumplir con la normatividad ambiental aplicable, sino también con prácticas sustentables (no obligatorias por Ley) que mejoran el desempeño ambiental de las empresas.

Aunque la SEMADET ya venía aplicando el proceso de auditoría ambiental a través del Programa de Cumplimiento Ambiental Voluntario (PCAV) que entró en vigor en marzo de 2012, no se contaba con un reglamento que regulara la certificación ambiental en Jalisco, la cual es un instrumento para promover e incentivar el cumplimiento de la norma ambiental y disminuir la huella ecológica de los sectores productivos.

Una de las novedades en este reglamento, es que se establecen dos tipos de certificados: el de Compromiso Ambiental y el de Líder Ambiental.

Para obtener el primero, se requiere al cabal cumplimiento de lo que establece la normatividad ambiental, además de que se acredite que las empresas o actividades productivas, identifican y jerarquizan sus aspectos ambientales significativos e identifican programas, proyectos, políticas o acciones orientados a la prevención de la contaminación y a la administración del riesgo ambiental.

Mientras que el certificado de Líder Ambiental se otorgará a las empresas o actividades que cumplan con los requisitos establecidos para el certificado de compromiso ambiental y que además acrediten que:

1. Llevan a cabo de manera permanente alguna acción o acciones que tengan un impacto ambiental positivo en la comunidad en la que se encuentran;

2. Realizan acciones concretas que concluyen en beneficios ambientales y, en consecuencia, mantienen o mejoran continuamente el desempeño ambiental y lo reportan en función de su unidad de producción.

3. Aplican de forma continua una estrategia ambiental preventiva e integral, en los procesos productivos y de servicios, para reducir los riesgos ambientales y sus impactos negativos;

4. Cuentan con al menos dos indicadores de desempeño ambiental particulares; y

5. Han disminuido la huella de carbono que generan sus procesos o servicios.

Asimismo, el reglamento establece las bases para la certificación ambiental de obras de construcción, instituciones educativas, actividades del sector primario y de eventos masivos.

También se señalan los pasos a seguir para que las empresas puedan recertificarse dentro del Programa de Cumplimiento Ambiental Voluntario de una manera más sencilla que la auditoría inicial, así como las sanciones a las que estarían sujetos los auditores ambientales que no realicen adecuadamente la prestación de servicios a las empresas que auditen.

El documento se encuentra disponible en el Periódico Oficial de Jalisco, quien desee conocerlo podrá tener acceso a él a través del sitio web:

Haz clic para acceder a 05-31-18-ii_0.pdf

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Periodista, resignado Atlista, enamorado de mi ciudad y de mi Estado. De L a V en punto de las 7am al aire @1070noticias http://bit.ly/oYJFU2