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Ejerce Procuraduría de Protección Plan de Restitución de Derechos de la niña con Interrupción Legal de Embarazo

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La Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA) del estado de Jalisco, emite y ejerce el Plan de Restitución de Derechos en favor de la menor de edad, originaria del municipio de Mezquitic y perteneciente a la comunidad Wixárika, a quien le fue practicada la Interrupción Legal del Embarazo de acuerdo a la NOM 046, por haber sido víctima de abuso sexual.

Como resultado de un trabajo de diagnóstico y derivado de la atención interinstitucional y acompañamiento permanente de esta Procuraduría de Protección a la Niñez, se emitieron las acciones consideradas para restituir de manera integral sus derechos vulnerados y/o restringidos.

Esta Procuraduría a través de la Dirección de Protección y Restitución, designó un equipo interdisciplinario, que dará seguimiento al cumplimiento del Plan de Restitución de Derechos vulnerados, de conformidad por lo establecido en los artículos 123 y 147 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y conforme al artículo 8 de la Ley en el Estado de Jalisco se trabajará en garantía de los siguientes derechos:

  • Derecho a la vida, la supervivencia, el desarrollo y el máximo bienestar integral posible. La adolescente quedará bajo la guarda y cuidado de su tío materno y su pareja a efecto de salvaguardar su integridad física y emocional.
  • Derecho a la prioridad. Se realizarán de manera periódica las visitas de seguimiento por parte de una Trabajadora Social en coordinación con su red familiar y continuará con la investigación sobre las necesidades físicas actuales de la menor de edad, asimismo una Psicóloga verificará que su estado emocional se encuentre en las mejores condiciones de acuerdo a su edad.
  • Derecho a desarrollarse en un ambiente familiar sano y a la unidad familiar. El área Jurídica junto con Trabajo Social procurará que la adolescente permanezca en su núcleo familiar designado, siempre que sus derechos sean garantizados.
  • Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal. El personal de Trabajo Social y Psicología supervisará que el ambiente en el que se encuentra la adolescente fomente su salud física y psicológica, el respeto y la dignidad.
  • Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral. Que el entorno donde se encuentra la menor de edad, sea sano y sus necesidades básicas sean cubiertas por sus redes familiares de apoyo, por parte de la Trabajadora Social, y la Psicóloga verificará que su estado psicológico sea el adecuado de acuerdo a su edad.
  • Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social. El equipo interdisciplinario, en coordinación con la red familiar, vigilará que la menor de edad tenga acceso a servicios de atención médica, a fin de garantizar su óptimo desarrollo y bienestar.
  • Derecho a la educación. La Trabajadora Social realizará las gestiones necesarias ante las instancias correspondientes a efecto de que la niña sea integrada al grado escolar requerido conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.
  • Derecho al juego, descanso y esparcimiento. El equipo interdisciplinario corroborará que la niña realice actividades de esparcimiento y recreación, siendo éstas seguras y acordes a su edad.
  • Derecho a la crianza, y a recibir buen trato y consideración por parte de sus tutores. La Trabajadora Social deberá cerciorarse que el trato que se brinde a la niña, así como sus actividades, sean acorde a sus necesidades. La psicóloga verificará que las redes familiares desarrollen las herramientas necesarias para una crianza positiva.
  • Derecho a la protección y la asistencia social cuando se encuentren en condiciones de vulnerabilidad. En tanto sea necesario, la Trabajadora Social y Psicóloga, vigilarán y procurarán que la menor de edad se encuentre en un espacio idóneo y de acuerdo a su perfil y necesidades, y en caso de no ser así, se coordinará con las instancias correspondientes para efecto de gestionar los apoyos asistenciales que permitan dignificar su entorno.
  • Derecho a la intimidad. El equipo interdisciplinario verificará que la menor de edad no sea expuesta a divulgaciones o difusiones ilícitas de información o datos personales que permitan identificarla y que atenten contra su honra, imagen o reputación.
  • Derecho a la privacidad de sus datos personales en actuaciones administrativas y jurisdiccionales. Personal del área Jurídica deberá cerciorarse que la información de la niña se maneje bajo el protocolo de reserva de datos personales e información confidencial, misma que se debe conservar fuera del alcance de terceros sin acceso a ella.

Este Plan de Restitución, busca asegurar y garantizar sin interrupción los derechos de la menor de edad, teniendo en cuenta que el ejercicio y la ejecución de las acciones no deberán limitar su desarrollo integral. En caso de detectar, algún riesgo u omisión de las medidas determinadas y/o advertir nuevas vulneraciones de derechos, el equipo interdisciplinario deberá notificar de inmediato a la autoridad competente, para que se ejecuten las acciones pertinentes en apego al interés superior de la niñez.

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Periodista, resignado Atlista, enamorado de mi ciudad y de mi Estado. De L a V en punto de las 7am al aire @1070noticias http://bit.ly/oYJFU2