Las personas físicas podrán pagar los impuestos correspondientes a la Declaración Anual 2023 en hasta seis parcialidades.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el beneficio aplicará únicamente si el contribuyente presenta su declaración y paga la primera parcialidad a más tardar el 30 de abril.
Asimismo, de deben tomar en cuenta los siguientes factores:
• Las parcialidades se pagan a más tardar el último día del mes al que correspondan.
• Se deben utilizar las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la declaración.
• Los formatos estarán disponibles para su reimpresión en el aplicativo, en la opción “Impresión de acuse”.
• Los pagos se realizan en las instituciones de crédito autorizadas.
• Existe la opción de pagos anticipados.
• En caso de no cubrir en tiempo y forma las parcialidades, se cobrarán recargos por falta de pago oportuno.
• La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre, incluyendo en su caso, los recargos.
La Declaración Anual 2023 debe presentarse, a más tardar el 30 de abril, por las personas físicas bajo los siguientes regímenes fiscales:
• Sueldos y salarios.
• Servicios profesionales.
• Actividades empresariales.
• Arrendamiento de bienes inmuebles.
• Enajenación o adquisición de bienes.
• Intereses o dividendos.
• Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
Para presentarla se debe contar con RFC, contraseña o e.firma
Con información de López-Dóriga Digital