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Aún hay tiempo para modificar el proyecto de Reforma Penal

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Por: Salvador Cosío Gaona

El titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, ha declarado desconocer la autoría del proyecto de la Reforma de Justicia Penal que tanto rechazo ha despertado entre los diferentes sectores del país, y más valdría que sea verdad que no es la que se presentará en la segunda semana de febrero próximo al Poder Legislativo porque estaría colocando en serio predicamento al Ejecutivo de la nación a quien se le atribuiría la responsabilidad de lo plasmado en el documento. 

El proyecto que contiene nueve iniciativas, fue calificado como regresivo y desdibujado por decir lo menos, y si bien no ha sido entregado al Poder Legislativo como se tenía proyectado hacerlo, una vez que los medios de comunicación recibieron de forma filtrada los borradores de los textos, las críticas no se han hecho esperar; de ahí que no sería extraño que el día que el documento sea entregado a los legisladores exhiba un contenido diferente. 

Las nueve iniciativas en mención  constituyen la reforma que  plantea la mayor transformación del sistema de justicia en México desde la reforma penal aprobada en 2008.

De acuerdo al contenido de los borradores filtrados, con las reformas se busca ampliar el arraigo a todos los delitos, eliminar a los jueces que hoy se encargan de valorar la legalidad de una detención y de las pruebas, así como quitar la prohibición que existe para intervenir comunicaciones en temas electorales y fiscales. 

También se pretende, entre otros muchos cambios, modificar la cláusula constitucional que considera como nulas de forma automática las pruebas que hayan sido obtenidas ilícitamente.

Según las exposiciones de motivos planteadas en las iniciativas, el objetivo es mantener los aspectos positivos del actual sistema penal acusatorio, pero a su vez corregir la presunta falta de equilibrio entre los derechos de víctimas e imputados; procurar una justicia mas efectiva; y reducir la impunidad.

Para ello se plantean múltiples cambios a la Constitución Política, a la Ley de Amparo, a la Ley Nacional de Ejecución Penal, a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. 

También se propone la derogación del actual Código Nacional de Procedimientos Penales y la formulación de uno nuevo, la formulación del primer Código Penal Nacional del país, y la expedición de Ley Nacional de Cultura y Justicia Cívica y de una nueva Ley Orgánica de la FGR.

Los cambios propuestos, plantean por una parte fortalecer las capacidades de las autoridades al investigar delitos a través de medidas como la ampliación del arraigo para todos los delitos, y no solo para los de delincuencia organizada como es actualmente. La única limitante es que dicho periodo de arraigo no podrá exceder de 40 días en ninguna circunstancia.

Se mantiene la facultad del Ministerio Público y de la policía de ordenar detenciones en flagrancia y en casos que se consideren “urgentes” con la condición de que las personas queden de inmediato a disposición de un juez. Estas detenciones sin orden judicial serán procedentes para todos los nuevos delitos que ya ameritan prisión preventiva oficiosa.

Se incorpora un nuevo concepto denominado “presunción de responsabilidad” que aplicará para toda persona que se niegue a que se le practiquen peritajes, lo que significaría que con ello acepta los posibles hechos que se le imputan.

Una modificación al artículo 16 constitucional busca eliminar la restricción que existe actualmente para poder solicitar a un juez la intervención de comunicaciones privadas en temas fiscales y electorales. La prohibición solo se mantendría para las materias civil, mercantil, laboral y administrativa.

Por otra parte se plantea una modificación a la fracción IX del artículo 20 constitucional el cual considera como nulas las pruebas obtenidas mediante la violación de derechos fundamentales. En su lugar se plantea que puedan ser consideradas válidas si hay “atenuantes” sobre su carácter de ilegalidad.

También se propone restituir a las autoridades penitenciarias las facultades para determinar los traslados de reos sin necesidad de requerir para ello de la autorización de un juez, como ocurre actualmente. 

De la misma forma se establece como un requisito obligatorio el trabajo penitenciario para acceder a cualquier tipo de beneficio de preliberación.

El borrador de la iniciativa también propone que la Fiscalía General de la República cuente con un presupuesto propio e independiente, que se calculará a partir de una fórmula preestablecida en vez de que sea una propuesta discrecional de Hacienda. Se faculta al fiscal para pedir recursos extra si lo considera necesario.

Por otro lado, se plantea la creación de cárceles especiales para policías, elementos de las fuerzas armadas y de la Guardia Nacional que sean detenidos o procesados por la comisión de algún delito.

Uno de los aspectos mas relevantes de las iniciativas planteadas, según los borradores, es la eliminación de la figura de los jueces de control quienes actualmente se encargan exclusivamente de valorar la legalidad de una detención en las audiencias iniciales, así como de estudiar la legalidad o no de las pruebas en una audiencia intermedia, todo ello previo al juicio.

Igualmente se plantea la eliminación de la figura de vinculación a proceso que actualmente dictan los jueces de control.

En lugar de todo eso se propone un modelo similar al que existía en el sistema penal anterior, donde un solo juez puede ser el responsable de todo el proceso: desde la investigación inicial, hasta la valoración de la detención y la fase de juicio. 

Por otra parte, la reforma dice que sea el Senado de la República el que asuma la facultad de designar a los jueces y magistrados, con lo que se buscaría eliminar “favoritismos” y “asignaciones privadas”. Actualmente la designación de los jueces es facultad del mismo Poder Judicial.

Otro de los temas centrales en el borrador es facultar al Congreso para que expida el primer Código Penal Nacional del país.

En dicho código se establecerá un catálogo de delitos y sanciones homologadas para todo el país, eliminando así las discrepancias que prevalecen como resultado de la existencia de 32 códigos penales estatales distintos. De igual forma se definirá en dicho código el catálogo de ilícitos que corresponderá atender exclusivamente a la Fiscalía federal.

El Código Nacional Penal no será un código único pues se mantendrá la facultad de los congresos locales para legislar sobre hechos y sanciones ilícitas que queden fuera del catálogo nacional. Un ejemplo de ello sería el aborto que quedaría fuera del Código Nacional, pero que podría ser considerado delito por los códigos de los estados que así lo estimen adecuado.

La existencia del Código Penal Nacional daría claridad a las definiciones de algunos ilícitos graves como los feminicidios, donde las cláusulas para tipificarlos varían hoy de entidad a entidad.

La reforma también plantea la expedición de la primera Ley Nacional de Cultura y Justicia Cívica que establecería como mínimo los principios, infracciones, procedimiento, estructura básica de los juzgados cívicos, autoridades participantes y bases a las que deberá estar sujeta la justicia cívica en todos los municipios de México. (Animal Político 15/01/2020).

Como ya mencionaba, no son pocas las críticas negativas que ha recibido el presunto proyecto de Reforma de Justicia Penal. Según el fiscal general de la República, el contenido del documento filtrado a los medios de comunicación no corresponde con el que se presentará a mediados de febrero en el Senado y ha deslindado tanto a su persona como a la institución que encabeza del contenido de la propuesta de Reforma que se dio a conocer. Ojalá sea así, sino de cualquier forma ya tendrá tiempo para modificar o eliminar planteamientos en el documento que habrán de entregar al Poder Legislativo en los subsecuentes días. 

Opinió[email protected]

@salvadorcosio1

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