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Ven incapacidad de autoridades para abatir venta de comprobantes fiscales

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La tarea de evasión de impuestos ha sido siempre una lucha continua de las autoridades fiscales; sin embargo, se denota claramente la derrota o incapacidad pronunciada por las mismas autoridades para abatir el delito de venta de comprobantes que amparan operaciones inexistentes.

Así lo aseguró Ismael Bustamante Sámano, socio de B&B Global Consultores, S.C., al indicar que Movimiento Regeneración Nacional (Morena) presentó una iniciativa que en términos generales confiere mayor responsabilidad a ciertos contribuyentes o individuos parafiscales, ya que asistirán a las autoridades haciendo parte de la recaudación.

Explicó que dicha iniciativa propone que “las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales, la Federación, Ciudad de México, Estados, municipios y sus organismos descentralizados retengan y enteren parte del Impuesto al Valor Agregado causado y pagado en la prestación de servicios independiente, por un monto equivalente al 10 por ciento del valor de la contraprestación efectivamente pagada”.

Además “una retención como pago provisional del Impuesto Sobre la Renta a cargo del prestador del servicio independiente, equivalente al 8.0 por ciento del valor de la contraprestación efectivamente pagada”.

En un comunicado, el consultor refirió que de acuerdo con las disposiciones fiscales, en la relación tributaria existen dos sujetos: uno llamado activo (Estado) y pasivo (contribuyentes), y en los sujetos pasivos hay una distinción que los coloca en dos tipos.

El sujeto pasivo principal o por adeudo propio, (contribuyente) es la persona cuya situación coincide con el hecho o acto que señala la ley como hecho generador de la obligación de pagar una contribución.

En tanto, el sujeto pasivo por adeudo ajeno, llamado responsable solidario de la contribución, se presenta cuando la legislación les imputa a personas distintas del contribuyente ciertas obligaciones tributarias, sin que esas personas realicen el hecho generador de la obligación principal.

Bustamante Sámano explicó que esta iniciativa trata de colocar a más contribuyentes en sujetos pasivos por adeudo ajeno, y en caso de que no cumplan, serán los responsables de pagar dichas contribuciones.

Recordó que el Código Fiscal de la Federación en su artículo 26 Fracción I establece que quien recibe el servicio y paga la totalidad del impuesto sin hacer ninguna retención está obligado “solidariamente” ante el fisco a pagar la totalidad de lo no retenido.

Desde un punto de vista práctico, dijo, si la simulación de operaciones se da entre ambos contribuyentes (“Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas” o “EFOS y “Empresas que Deducen Operaciones Simuladas” o “EDOS”) podría tener lógica; sin embargo, no todos los contribuyentes deben ser considerados en el supuesto ni recibir mayores cargas administrativas para realizar funciones que la misma autoridad fiscal no ha querido o no ha podido combatir.

El especialista indicó que durante años los medios de comunicación han informado en múltiples ocasiones de un sinfín de operaciones simuladas entre empresas fantasma y gobierno (de todos los niveles) para beneficio de todo tipo de funcionarios públicos y el problema no terminará con esta medida.

“Es difícil que se reprima la venta de facturas que amparan operaciones simuladas, ya que con esta iniciativa dejan prácticamente abierta la posibilidad de que se siga cometiendo el mismo fenómeno de evasión conocido como carrusel, pero ahora también de forma inversa”, dijo.

Para ello, agregó que basta que las empresas conocidas como “factureras” reciban servicios profesionales independientes y procedan a lo estipulado en el artículo sexto de la iniciativa que dice claramente que la cantidad que les hayan retenido, podrán acreditarlo (disminuirlo en términos coloquiales) contra el impuesto que a su vez hubieren retenido en términos del mismo inciso, en ese mismo mes, lo cual implica que se seguirán quedando con el IVA, y tal vez hasta con el ISR retenido.

Ante ello, consideró que abatir operaciones inexistentes implica mucho más que emitir nuevas leyes, y bastaría con cumplir cabalmente con las existentes y promover una mayor coordinación entre las actuales autoridades fiscales, de seguridad social, financieras y laborales.

Además establecer mecanismos para ubicar claramente al beneficiario efectivo de los recursos financieros a través del uso de tecnología y no con base en revisiones aleatorias que dejan operar libremente a los que comenten delitos fiscales, concluyó.

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Periodista, resignado Atlista, enamorado de mi ciudad y de mi Estado. De L a V en punto de las 7am al aire @1070noticias http://bit.ly/oYJFU2