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¿PEMEX EN QUIEBRA?

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Por: Héctor Romero González

Hace algunos días se comenzó a especular sobre la posibilidad de que Petróleos Mexicanos pronto se sujetará a un procedimiento de concurso mercantil, el cual es un recurso legal creado para empresas que enfrentan el fenómeno de la insolvencia y buscan renegociar el monto y plazos de pago de sus deudas y, en caso de no lograrlo, ir a la quiebra, donde sus activos se reparten entre los acreedores de manera equitativa.

Lo anterior, es relevante tomando en cuenta que, de acuerdo a las cifras reportadas en el Plan de Negocios de PEMEX 2019-2023, se estima que su deuda a diciembre de 2019 ascenderá a 2,123 miles de millones de pesos, con un entorno de altas tasas de interés, lo cual, “presiona el déficit financiero de la empresa”.

Los rumores sobre esto iniciaron con motivo de la aprobación en la Cámara de Senadores del dictamen por el que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, así como reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y la Ley de Concursos Mercantiles.

Dicho dictamen recae, entre otras, a una iniciativa del Senador Ricardo Monreal, que tiene por objeto incorporar la posibilidad de que todas las entidades paraestatales pudieran acogerse a un procedimiento de concurso mercantil.

Aprobar la propuesta en los términos que pretendió el legislador implicaría abrir esa ventana a la  Lotería Nacional, el Archivo General de la Nación, todo fideicomiso público o las empresas productivas del Estado, es decir, la Comisión Federal de Electricidad y Petróleos Mexicanos, etcétera.

No obstante, a pesar de que el apartado de análisis de las iniciativas del dictamen sostenga que las comisiones dictaminadoras estiman oportuno que se haga extensivo el concepto de comerciante a toda entidad paraestatal y así poder sujetar a este tipo de entes a concurso mercantil, el punto resolutivo, donde se plasma el texto como deberá quedar en la Ley de Concursos Mercantiles limita a que solo puedan ser consideradas empresas de participación estatal mayoritaria, agregando que, en esos casos, fungirá como visitador, conciliador y síndico el Instituto de Administración de Bienes y Activos.

Esto se traduce en que, de aprobarse el proyecto en la Cámara de Diputados sin mayor ajuste, tan solo podrán someterse a concurso empresas del Estado como Diconsa, Liconsa, las administraciones portuarias integrales o Estudios Churubusco, subsistiendo el impedimento para que el resto de paraestatales puedan acogerse a este procedimiento.

La propuesta aprobada refleja otro error, que es considerar cualquier financiamiento público que se reciba para el trámite del concurso como “crédito contra la masa”, cuando debería dársele el tratamiento como gasto de operación ordinaria, lo cual implica facilitar su recuperación para la Hacienda Federal.

Debemos señalar que limitarse a modificar el concepto empleado en la cámara baja y permitir el acceso al procedimiento concursal comercial tradicional a cualquier entidad paraestatal resultaría un grave error, considerando que la Ley de Concursos Mercantiles fue ideada para sanear de la insolvencia a Comerciantes, no a entes públicos.

En la gran mayoría de países se prohíbe expresamente la posibilidad de que las entidades que integran la organización territorial del Estado, los organismos públicos y demás entes de derecho público se sometan a procesos concursales.

No obstante, en algunos casos específicos, como el capítulo 9 del Código de Quiebras de Estados Unidos, se permite que entidades públicas recurran a mecanismos específicos de insolvencia, los cuales son creados ex profeso para esos supuestos y atendiendo las características y particularidades del Estado. El caso más emblemático reciente fue la reorganización financiera de la ciudad de Detroit, Michigan.

En caso de que se pretenda seguir este ejemplo, será imprescindible que se haga de forma correcta, sin que se trate de una “ocurrencia legislativa” que, a pesar de tener una buena intención, produzca daños irreparables para el crédito público.

@hecromg

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