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La sanción por consumo de drogas sociales será menor si no busca mejora del rendimiento

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Los deportistas podrán ver reducida a tres meses la sanción por el consumo de sustancias de abuso social, como la cocaína, si demuestran que no guarda relación con su rendimiento deportivo y a un mes si completan un programa de rehabilitación de drogas, según la lista de sustancias y métodos prohibidos para 2021.

La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) ha hecho pública dicha lista, que fue aprobada en la reunión de su Comité Ejecutivo los pasados 15 y 16 de septiembre y que entrará en vigor el 1 de enero del año que viene, con variaciones respecto a la inclusión de sustancias que no tienen que ver con la mejora de su actividad.

Según explicó, durante el proceso de revisión recibió un amplio número de comentarios relacionados con el uso de sustancias incluidas en la lista que no suelen estar relacionado con el rendimiento deportivo.

Por ello se añadió un artículo al código que identifica la cocaína, la diamorfina (heroína), la metilendioximetanfetamina (MDMA/”éxtasis”) y el tetrahidrocannabinol (THC) como sustancias de uso indebido en la Lista 2021.

De esta forma, si un deportista puede demostrar que el uso de cualquiera de estas cuatro sustancias no estaba relacionado con el rendimiento deportivo, la suspensión impuesta será ahora de tres meses y podrá reducirse a un mes si el deportista completa un programa de rehabilitación de drogas.

Otra novedad establece que las transfusiones y/o inyecciones intravenosas de más de un total de 100 ml por período de 12 horas, salvo las recibidas legítimamente en tratamientos hospitalarios, procedimientos quirúrgicos o investigaciones de diagnóstico clínico, se han clasificado ahora como métodos prohibidos “especificados”.

Esto significa que el deportista puede recibir una sanción reducida si se puede demostrar que este método no se utilizó con fines de dopaje.

La AMA ha decidido aplazar de 2021 a 2022 la prohibición en periodo de competición de las inyecciones de glucocorticoides por cualquier vía.

De esto modo, argumenta la Agencia, durante 2021 los deportistas y el personal médico tendrán tiempo de “comprender mejor la aplicación práctica de los ‘periodos de lavado’ (tiempo necesario para eliminar el efecto de un tratamiento)”, y evitar así positivos “inadvertidos”.

Igualmente, durante este año de tregua los laboratorios podrán actualizar sus procedimientos, las autoridades deportivas “deberán desarrollar herramientas educativas para los deportistas” y los médicos podrán ajustar el uso seguro de esas sustancias con fines clínicos.

La prohibición a partir de 2022 incluirás las inyecciones de gluococorticoides por vía intravenosa, intramuscular, periarticular, intraarticular, peritendinosa, intratendinosa, epidural, intratecal, intrabursal, intralesional (por ejemplo, intracelular), intradérmica y subcutánea.

Según Portalfarma, el portal del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, los glucocorticoides son unos productos ‘ergogénicos’ -que aumentan el rendimiento atlético- y que actúan sobre el sistema endocrino: “Suprimen el dolor provocado por la intensidad o repetitividad de la contracción muscular, por lo que aumenta la tolerancia al ejercicio”

La AMA ha destacado que la lista 2021 ha sido rediseñada para mejorar y facilitar uso por parte de los deportistas, con un índice de ejemplos de afecciones médicas ante las que pueden recetarse sustancias de las diferentes clases y la determinación clara de qué sustancias o métodos están prohibidos en todo momento o en competición y las de uso indebido dentro de cada tipo.

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Periodista, resignado Atlista, enamorado de mi ciudad y de mi Estado. De L a V en punto de las 7am al aire @1070noticias http://bit.ly/oYJFU2