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Manejo de arbolado competencia municipal: SEMADET

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Con relación al proyecto de “Ampliación de capacidad del vaso regulador ubicado en el Parque de La Liberación (Parque El Dean)”, la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (SEMADET) informa que el pasado 24 de junio de 2016 recibió una solicitud de exención en materia de impacto ambiental por parte del Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado (SIAPA).

El 8 de agosto de 2016, esta dependencia respondió dicha solicitud y emitió la exención en materia de impacto ambiental para el proyecto mediante oficio SEMADET DGPGA/DEIA No. 474/2338/2016, del cual se desprenden lineamientos técnico-ambientales, entre los que se señala que la dependencia promovente del proyecto no podrá iniciar con las actividades que impliquen la intervención de arbolado hasta en tanto no se cuente con la autorización o visto bueno que al efecto emita la dependencia municipal correspondiente.

Lo anterior ya que la competencia para determinar la procedencia de la tala, derribo, poda o cualquier otra intervención de arbolado urbano recae plenamente en la autoridad municipal correspondiente.

Asimismo se señala que previo al inicio de actividades del proyecto deberá ejecutarse un Plan de Socialización de todas las actividades a realizar, mismo que cuente con la aprobación del Ayuntamiento.

De manera específica el dictamen emitido por la SEMADET enuncia lo siguiente en materia de arbolado y socialización:
“4. Derivado de los análisis realizados al proyecto presentado y su entorno, se desprende la existencia de especies arbóreas cuyo control corresponde a la autoridad municipal.

Por lo anterior, se le informa que el presente resolutivo está condicionado a efecto de que no podrá iniciar con las actividades que impliquen la remoción o afectación a los individuos forestales hasta en tanto no cuente con la autorización o visto bueno de la dependencia municipal que corresponda para el manejo del arbolado que se requiera.

Con el fin de incrementar la sustentabilidad ambiental del proyecto, se recomienda la elaboración e implementación de un Plan de Manejo de Arbolado que contemple criterios científicos para llevar a cabo el trasplante y restitución del arbolado a intervenir, mismo que incluya el número de especímenes que serán plantados, su especie y los meses durante los cuales serán llevadas a cabo dichas acciones a fin de asegurar la supervivencia de los ejemplares, el cual en todo caso deberá ser autorizado, en su caso, por la instancia municipal correspondiente.

De ninguna manera debe entenderse con motivo de esta resolución que esta autoridad se pronuncia respecto de la procedencia de la tala, derribo, poda o cualquier otra intervención con respecto a los individuos forestales referidos cuya competencia recae plenamente en la autoridad municipal correspondiente.

5. Previo al inicio de actividades del proyecto deberá ejecutar un Plan de Socialización de todas las actividades a realizar, mismo que cuente con la aprobación del H. Ayuntamiento de Guadalajara, Jalisco”.

De acuerdo con la información aportada por el SIAPA, el objetivo del proyecto es almacenar los excedentes de agua pluvial que ocasiona frecuentes inundaciones en zonas aledañas al sitio, para posteriormente utilizar el agua almacenada en actividades de mantenimiento del parque como riego de áreas verdes y de esparcimiento.

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