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Que el acoso sexual se tipifique en todo el país

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Con el propósito de avanzar en la protección a la dignidad y libertad sexual de las personas, particularmente de las mujeres, por ser un grupo más expuesto a las agresiones sexuales, el Código Penal Federal debe incorporar el acoso sexual y sancionar este tipo de actos con más rigor, afirmó la diputada Soraya Flores Carranza, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

Al considerar que es urgente atender el tema y que el marco legal en México ofrezca mayor seguridad en asuntos de género, la legisladora presentó ante el Congreso de la Unión una iniciativa en este sentido, en la que además propone sancionar a los agresores con penas que irían de seis meses hasta tres años de prisión. El castigo deberá incrementarse en una mitad si la agresión se cometiera en el transporte público.

Explicó que con ello, además “busca incorporar el Artículo 259 ter, para indicar que comete el delito de acoso sexual quien, sin importar el sexo de la víctima, solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psico-emocional que lesione su dignidad”.

“Esta conducta se sancionará independientemente de que se ejecute en uno o varios eventos”.

La diputada Flores Carranza, integrante de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, agregó que con su iniciativa pretende también modificar el Artículo 259 bis, el cual establece pena de dos a cuatro años de prisión para quienes, con fines lascivos, asedien a una persona valiéndose de su posición jerárquica derivada de su relación laboral, docente o doméstica.

“Si el hostigador fuese servidor público y utilice los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, será inhabilitado por un término adicional al que se hubiera impuesto como pena privativa de libertad”, expone el documento.

Asimismo, este proyecto presentado en la Sesión Política Permanente y turnado a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, pide reformar el Artículo 266 bis, a fin de que las sanciones previstas para el abuso sexual y la violación aumenten hasta en una mitad en su mínimo y máximo, cuando el delito se cometa previa suministración de estupefacientes o psicotrópicos a la víctima.

Para la diputada por el distrito 2 de Jalisco, “la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia representa un gran avance en el reconocimiento de la violencia de género, sus causas y consecuencias; sin embargo, excluye el acoso sexual que sigue proliferando”.

Es por ese motivo que “urge incorporar el tipo penal del acoso sexual en la normatividad federal, así como especificar que este delito no requiere una serie reiterada de eventos, sino que se verifica con un primer y único acto, o bien, con una serie reiterada de conductas invasivas de la intimidad y libertad sexual del agente pasivo”, explicó.

En México la violencia contra las mujeres se caracteriza por una “invisibilidad” y “normalidad”, producto de pautas culturales y de la educación patriarcal que “autoriza” al varón a ejercer abusos contra el sexo opuesto, argumentó.

“Para mí es un tema muy importante, el cual voy a abordar de manera profunda. Después de acompañar el curso de esta iniciativa presentaré un Punto de Acuerdo para que las entidades federativas que no tienen regulado el Acoso Sexual se sumen a la regulación de esta conducta, con una tipificación similar, de acuerdo con los estándares internacionales, a fin de armonizar la legislación. También será necesario, en su momento, homologar los tipos penales de hostigamiento sexual, acoso sexual, los tipos penales y las sanciones establecidas, y en ello voy a trabajar”.

Las entidades federativas que no tipifican el acoso sexual son Baja California, Chiapas, Chihuahua, Colima, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas; además del Código Penal.