Con restricción control de confianza de Salvador Caro

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    Ese a que en reiteradas ocasiones se dijo que era imposible conocer los resultados de los exámenes de control de confianza aplicados al comisario de la Policía Preventiva Municipal de Guadalajara, Salvador Caro Cabrera, este medio a través de un largo proceso mediante solicitudes de transparencia en el ámbito federal y estatal tuvo acceso a los mismos, en los que se establece que aprobó, pero con restricciones. Así, se abrió la puerta para saber la condición en la que llega un funcionario de seguridad al cargo en el ayuntamiento tapatío, luego de ser sometido a los exámenes de control de confianza en los que se establece que Caro Cabrera fue aprobado con restricciones, según documentos oficiales.

    De acuerdo a la información obtenida, la vigencia de la validez de los exámenes aplicados a Caro Cabrera es de solo un año, sin embargo, la Ley de Control de Confianza del Estado de Jalisco y sus municipios en su Artículo 14 inciso uno señala que: La evaluación de control de confianza se aplicará, cuando menos, cada dos años y se realizará con el apoyo de las unidades administrativas, órganos y organismos competentes.

    Es decir, debido a las restricciones que suelen ser observaciones realizadas por los evaluadores que impiden darle la calificación simplemente de aprobado, el titular de la Seguridad en Guadalajara tiene que ser sometido a una evaluación en el corto plazo, además de tener mayor vigilancia de parte de su superior, en este caso del alcalde de Guadalajara, Enrique Alfaro.

    Respecto del personal de instituciones de seguridad pública que obtenga resultados de Aprobado y el CECC Centro de Evaluación de Control de Confianza precise restricciones, observaciones o recomendaciones, los titulares de las instituciones de la adscripción del evaluado serán responsables de dar seguimiento a las mismas, reza un comunicado del Centro Nacional de Certificación y Acreditación (CNCA).

    El CNCA recomienda que el funcionario que se encuentre en esta situación, resulta de particular relevancia atender, en su caso, las restricciones que deriven en cuanto a participación en cursos, asígnaciones de funciones especializadas, de mayor responsabilidad, acceso a información confidencial, recursos o portación de armas de fuego o supuestos similares vinculados al evaluado, entre otros.

    Fuente: Milenio Jalisco

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