Dr. Luis Arturo Jiménez Castillo.
Uno de los temas más debatidos -o el más debatido- por el Congreso Constituyente de 1916-1917, fue el relativo a la educación, tutelado en el artículo tercero de nuestra Carta Magna. Era de tal importancia, que el propio Venustiano Carranza acudió a la sesión del Congreso Constituyente, buscando influenciar el voto en favor de su propuesta de redacción. Y no era para menos, como explicó Jorge Carpizo: «(…) la enseñanza es el medio idóneo para influir en las generaciones que (…) determinarán un nuevo estilo de vida».
En este contexto, un primer punto en torno a la polémica respecto a los nuevos libros de texto gratuitos, es obvio: su contenido. Y el hecho de que no superan un análisis serio -al respecto han opinado, entre muchos otros, expertos del Centro de Investigación de Estudios Avanzados del IPN, la Dra. en Pedagogía, Irma Villalpando, la Investigadora del Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación de la UNAM, Catalina Inclán, el Director General de Alianza de Maestros, A.C., Carlos Fabián Aguirre Marín y la Dra. Alma Maldonado Maldonado, del Instituto de Investigaciones Educativas del CINVESTAV-.
Sin embargo, el tema ofrece otras aristas. Una de ellas es que estamos pasando por alto una señal de alarma y que se refiere al desdén de las autoridades federales, por dar cumplimiento a las resoluciones del Poder Judicial Federal. Seamos conscientes que esto significa que podremos acudir a los tribunales federales y que quizá nos den la razón en la última instancia -salvo aquellos asuntos que deban llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación-, pero que no habrá manera de materializar la protección que nos concedan, y por lo tanto, que vivimos en un permanente estado de indefensión jurídica.
Ahora, la polémica de los libros de texto gratuitos es el escenario de la batalla política y jurídica en turno, pero ¿Qué sucedería si cambiamos de escenario y lo trasladamos a los resultados electorales del 2024, donde será el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, nuestra máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral, quien resuelva en forma definitiva e inatacable, las controversias electorales de las impugnaciones en las elecciones de Diputados Federales y Senadores, cuando la distribución del Congreso de la Unión es clave para las principales fuerzas políticas?
Cuidado.