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Zapopan explica situación en zona externa al ANP Bosque El Nixticuil

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Ante la queja presentada por el Comité Salvabosque en la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ), en la que acusan a Zapopan de cometer delitos ambientales en el Bosque el Nixticuil, el Gobierno Municipal realiza las siguientes aclaraciones:

1. “El gobierno de Zapopan de Pablo Lemus continúa violando las suspensiones otorgadas por juzgados federales contra la obra de la ampliación de la Avenida Ángel Leaño”. (Boletín #PabloLemus continúa violando suspensiones de juzgados. Rellenan cañada del #Nixticuil, jueves 13 de abril).

De ninguna forma. Las resoluciones en los expedientes 806/2017 y 820/2017 especifican que la obra no debe afectar la flora y fauna del Área Natural Protegida; asimismo, niegan la suspensión para impedir que la Dirección de Obras Públicas la ejecute.

El expediente 806/2017 precisa que: “Se concede la suspensión definitiva para el efecto de que, las autoridades responsables verifiquen que, de continuar con el desarrollo de la obra en la multicitada Área Natural Protegida, durante su ejecución, no se realice afectación alguna a la flora y fauna que habita el lugar, debiendo evitar la tala de árboles y sustraer material geológico; asimismo, se deberán salvaguardar los recursos hidrológicos de la zona, lo que implica, el abstenerse del uso o explotación de aguas nacionales superficiales o del subsuelo, así como verter cualquier tipo de desecho a dichas cuencas, que se genere con motivo de la obra a desarrollar”.

En cuanto al expediente 820/2017 del Juzgado Octavo de Distrito, señala claramente que la suspensión definitiva otorgada surtirá sus efectos siempre que la obra pública que se pretende paralizar se esté ejecutando en áreas protegidas o en zonas destinadas a beneficio de la colectividad o el medio ambiente.

2. “El día de ayer a las 15 horas distintos vecinos de la colonia El Tigre II nos percatamos de que varios camiones de volteo estaban descargando docenas de toneladas de escombro de la obra de la ampliación de la Avenida Ángel Leaño dentro del bosque Nixticuil”. (Boletín Gobierno de Lemus vuelve a depositar docenas de toneladas de escombro de Av #ÁngelLeaño en bosque #Nixticuil, domingo 16 de abril).

Falso. El Gobierno Municipal, a través de la Dirección de Inspección y Vigilancia, detectó que particulares realizaron la extracción y depósito de los escombros en un terreno en las inmediaciones del Área Natural Protegida.

Por lo anterior, se procedió a la clausura del mismo por ser utilizado como tiradero clandestino y fue levantada una infracción por este hecho.

Cabe recordar que en febrero 2016, el Gobierno Municipal clausuró un tiro ilegal de residuos de construcción en la zona del río Blanco, en las inmediaciones del ANP; cinco personas fueron detenidas y remitidas.

Respecto al material extraído, producto de las obras para garantizar el servicio hidráulico para familias zapopanas, no se ha retirado del lugar y en su mayor parte de reintegrará al sitio de donde se sacó, el resto será depositado en tiraderos autorizados por Semadet.

3. Dos carriles permiten el paso de fauna, según Sofía Herrera, integrante del Comité Salvabosque.

Actualmente no hay paso seguro para la fauna entre la cañada y el Área Natural Protegida.

La vialidad puede ser de cuatro, tres o dos carriles, pero sin pasos de fauna, así como la necedad de impedir su construcción, sólo logran poner en riesgo constante a la vida silvestre.

A través de la obra se construirán seis pasos seguros para conectar la fauna con el ANP de una forma segura.

4. “No hay consenso con el Gobierno Municipal sobre la ampliación de avenida Ángel Leaño”, (Boletín, viernes 31 de marzo).

Confunden consenso con la imposición de su voluntad. El actual gobierno implementó una encuesta ciudadana a través de siete módulos en distintos puntos de la zona, con el que se obtuvo una participación de mil 278 personas; menos de 1 por ciento fueron votos nulos.

De esta forma, cuando los integrantes del Comité Salvabosque tuvieron la oportunidad de hacerse escuchar, únicamente significaron 12 votos en contra.

Señalan que no hay consenso cuando en realidad ellos son minoría: más de 95 por ciento de los vecinos está a favor de la realización de esta obra.

Por otra parte, el proyecto ha sido socializado con distintos líderes y vecinos de la zona. Gracias a este trabajo es como se ha perfeccionado el mismo hasta acordar que este ya no sea de cuatro, sino de tres carriles con empedrado y huella de concreto.

5. Boletín “Se presenta Queja colectiva ante CEDHJ contra gobierno de Zapopan”, miércoles 26 de abril.

“Es por ello que esta mañana acudimos a la Comisión Estatal de Derechos Humanos para interponer una queja colectiva signada por 800 personas de comunidades vecinas al Bosque El Nixticuil, así como de personas que, como habitantes de diversas colonias de la Zona Metropolitana de Guadalajara, consideramos que el gobierno de Zapopan está atentando deliberadamente contra este territorio boscoso cuya relevancia ambiental es prioritaria para toda la ciudad de Guadalajara”.

El Comité Salvabosques no quiere ser escuchado, quiere imponer su visión. No es posible mantener el diálogo con un pequeño grupo de personas que cuando dice defender un bosque de mil 200 hectáreas se limita a obstaculizar la rehabilitación de una calle de 800 metros que desde hace 30 años no ha recibido ninguna intervención.

Por otra parte, omiten que existe ya una recomendación de la CEDHJ que obliga al Ayuntamiento a dar solución al problema de movilidad y conectividad de los vecinos de colonias como El Tigre II.

6. La ampliación afecta la zona de amortiguamiento de El Nixticuil.

“La obra a la que nos oponemos desde el 2010, traería graves consecuencias e impactos negativos para el bosque Nixticuil y para la salud de nuestras comunidades, y está siendo impulsada por las inmobiliarias Tierra y Armonía, GIG, GVA y Anida (BBVA). Dos de las cuales están ligadas al partido movimiento ciudadano”. Boletín, lunes 6 de marzo Gobierno de Zapopan diseña “consulta” a modo para imponer ampliación de avenida Ángel Leaño.

Esta obra no afecta en nada el Área Natural Protegida y respeta la zona de amortiguamiento.

Como se ha expuesto en distintas ocasiones ante la opinión pública, el proyecto incluye una zona 30, franja de amortiguamiento entre El Nixticuil y la vialidad, forestación, pasos de fauna y bocas de tormenta para permitir la absorción del agua pluvial.

Como se ha dicho: la Administración está totalmente abierta para que las autoridades correspondientes verifiquen que esta obra es totalmente sustentable y no está dentro del ANP.

7. El Gobierno de Zapopan niega sistemáticamente entregar información sobre el proyecto.

“Las violaciones de derechos humanos que se aluden en nuestra queja tienen que ver de forma principal con:

b) La sistemática negación del gobierno municipal de Zapopan a entregar información fundada, motivada, completa y oportuna sobre el proyecto de ampliación de la avenida Ángel Leaño que se ha estado ejecutando de forma arbitraria, ignorando deliberadamente las exigencias de quienes no estamos de acuerdo con el proyecto de ampliación. Boletín “Se presenta Queja colectiva ante CEDHJ contra gobierno de Zapopan”, miércoles 26 de abril.

Resulta irónico que un grupo que rehúye al diálogo exija que les sea entregada la información en el lugar y la hora que ellos dispongan.

El Gobierno de Zapopan no tiene nada que ocultar, no por nada ha sido reconocido en distintas ocasiones como el Municipio más transparente del país.

Esto se ve reflejado en la apertura en dar a conocer los pormenores del proyecto desde que se asumió el compromiso de resolver las necesidades de movilidad de los vecinos de la zona.

En cada ocasión que se ha convocado para difundir información, en ningún momento se han acercado los integrantes del Comité. Ejemplo de lo anterior es la rueda de prensa del 11 de agosto de 2016, en la que se presentó el proyecto de ampliación.

Asimismo, cuando se busca acercamiento con integrantes del Comité, simplemente rechazan cualquier intento de comunicación. Cuando funcionarios se han presentado en las inmediaciones de la vialidad para aclaraciones e información, se han negado a dialogar con ellos.

8. Es ilegal que el consorcio inmobiliario GIG financie la ampliación con recursos que se tomarían a cuenta en lugar de las áreas de cesión que están obligadas a entregar

“La obra viola el Reglamento de Ordenamiento Territorial del municipio de Zapopan (art. 37), al tratarse de una obra que pasa por un área natural protegida y también violenta el Código Urbano del Estado de Jalisco, pues las empresas inmobiliarias que lo promueven han pagado las obras a cambio de dar áreas de cesión al municipio para servicios municipales lo cual está prohibido (art. 157)”. #Video NO ampliación de av #ÁngelLeaño que quieren imponer @ZapopanGob @PabloLemusN e inmobiliarias en #Nixticuil

Ciertamente el Código Urbano del Estado señala que no se pueden permutar áreas de cesión por dinero en efectivo, pero no sucede en este caso.

Las inmobiliarias están obligadas y se vigila constantemente que así sea, a entregar áreas de cesión. Cabe señalar que las inmobiliarias señaladas ya las entregaron durante la administración pasada.

Lo que se hace actualmente es obligar a estas empresas a brindar equipamiento a la zona mediante la construcción de infraestructura.

Información General:

1. La avenida Ángel Leaño ya existía en sus condiciones actuales, previo a la publicación del decreto de creación de la ANP, por ser una vía de comunicación.

2. Del proyecto, 346 metros lineales del mismo, atraviesan la zona de recuperación de la ANP; es rehabilitación de esta avenida; no es un proyecto nuevo.

3. El decreto del ANP y su delimitación a través del polígono de protección, conserva la parte más significativa del ecosistema en función de su importancia ambiental; esto representa un área de 1,591 hectáreas.

4. Los servicios ambientales que presta el ANP no se ven afectados.

5. La superficie del proyecto que colinda con el ANP, corresponde a 613 metros lineales.

6. Fuera del polígono de la ANP no existen restricciones legales establecidas para obras o actividades de éste tipo.

7. La obra fue evaluada en materia de impacto ambiental en los términos de la normatividad aplicable. Los impactos ambientales del proyecto fueron evaluados y los mismos serán prevenidos, mitigados y en su caso compensados a través del cumplimiento de las condicionantes ambientales impuestas por la autoridad municipal correspondiente.

8. No existe fragmentación del ANP, ya que el proyecto está en la vía preexistente.

9. El proyecto contempla la ubicación de 6 pasos de fauna que van desde la calle Los Robles a la calle D-16, con el objeto de dar continuidad al posible paso de fauna en la zona; esto, dentro de la zona de recuperación del ANP.

10. La ampliación de la Avenida Ángel Leaño no violenta el decreto 22170 del 2008 (decreto de creación); tampoco contradice el Programa de Ordenamiento del Territorio de Zapopan y su Reglamento publicado el 23 de mayo de 2011 en la gaceta Municipal de Zapopan, Jalisco.

11. El área de aplicación del proyecto está ubicada de acuerdo con el Programa de Ordenamiento Territorial de Zapopan, entre 2 unidades de gestión ambiental que tienen como cobertura predominante “Asentamientos Humanos” y una política de aprovechamiento; el proyecto no contradice ninguno de estos instrumentos legales vigentes.

12. El proyecto contempla respetar el área de amortiguamiento de la ANP, en cumplimiento de la fracción III del artículo 37 del Reglamento del Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio de Zapopan.

13. El proyecto contempla que el material de recubrimiento esté conformado por características que permitan una adecuada infiltración del agua pluvial.

14. Los impactos son positivos, ya que los vehículos que circulan por la vialidad pública producen una gran cantidad de emisiones a la atmósfera en virtud del mal estado de la vialidad por el lento desplazamiento y el levantamiento de polvos y partículas. Con la rehabilitación de esta vialidad las emisiones se reducirán significativamente debido a que los vehículos transitarán a una velocidad constante y no habrá polvos que sean levantados.

15. Hay impactos sociales muy importantes, relativos a que se facilitará la movilidad de los habitantes de la zona del proyecto y se mejorarán significativamente las condiciones de seguridad vial para los usuarios de la avenida en este tramo.

16. El proyecto de rehabilitación de la vialidad pública no contradice ni violenta ningún instrumento legal aplicable al mismo, además de que el proyecto está fuera del polígono del ANP, incluso fuera del ecosistema del Bosque del Nixticuil.

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