El Consejo Universitario (CU), máximo órgano colegiado de la UNAM, eliminó el artículo 15 del Reglamento del Tribunal Universitario que establecía que ante actos vandálicos, las autoridades de la universidad podían determinar la suspensión o expulsión inmediata de quienes presuntamente los cometieran.
En una sesión ordinaria del CU, la Comisión de Legislación Universitaria recomendó su eliminación luego de revisarlo, a solicitud del presidente, el rector Leonardo Lomelí Vanegas, con el propósito de precisar sus alcances para evitar cualquier posibilidad de malinterpretación respecto a una posible afectación a las libertades de expresión, asociación y manifestación, así como el derecho a la protesta atendiendo a la inquietud manifestada por diversos sectores de la comunidad.
Después de una amplia deliberación, el rector propuso al pleno que, además de eliminar el artículo 15, se suspenda temporalmente la aplicación de los artículos 2 y 17 del mismo Reglamento, en tanto se armoniza su redacción, lo cual fue aprobado por unanimidad por el Consejo Universitario.
El artículo 15, aprobado el 31 de marzo, contemplaba sanciones inmediatas como suspensión o expulsión para quienes incurrieran en actos catalogados como «vandalismo» o «narcomenudeo» dentro de las instalaciones universitarias.
Los estudiantes argumentaron que la redacción era ambigua y acusaron que podía usarse para criminalizar protestas legítimas y limitar la libertad de expresión y el derecho a la manifestación pacífica.
Tras paros y protestas, las autoridades universitarias prometieron revisar el artículo, hasta que finalmente fue suprimido.