Inicio POLÍTICA SCJN invalida la ‘Ley Nahle’; funcionaria no podrá ser candidata en Veracruz

SCJN invalida la ‘Ley Nahle’; funcionaria no podrá ser candidata en Veracruz

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la llamada ‘Ley Nahle’, una reforma legislativa a la Constitución de Veracruz que permitía a personas con hijos veracruzanos ser consideradas como nativas de la entidad.

Esta reforma, publicada en agosto de 2022, adicionó la fracción III al artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en el que agregó varios supuestos para que una persona fuese considerada veracruzana.

Entre los supuestos adicionados están el de ser mexicano nacido fuera del territorio del estado, pero con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano.

Luego de que los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) impugnaran la reforma, la SCJN determinó invalidar la parte alusiva a los “hijos veracruzanos”.

La modificación constitucional fue bautizada como ‘Ley Nahle’, dado que se interpretó que estaba encaminada a facilitar que Rocío Nahle, secretaria de Energía del gobierno federal, pudiera ser candidata a la gubernatura de dicha entidad.

Nahle nació en la localidad de Río Grande, Zacatecas, por lo que no podría contender por la gubernatura.

La Constitución establece que “sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, y tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la Entidad Federativa”.

El Pleno de la corte aprobó la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, que consideró que el supuesto introducido por los legisladores es violatorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La ponencia recibió 8 votos, entre los que destacan los de la ministra presidenta, Norma Lucía Piña y el del expresidente de la corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Con la decisión de invalidez de la corte, la fracción III del artículo 11 queda de la siguiente manera: “Son veracruzanos: … III. Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.

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Periodista, resignado Atlista, enamorado de mi ciudad y de mi Estado. De L a V en punto de las 7am al aire @1070noticias http://bit.ly/oYJFU2