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Permanecen abiertas ventanillas para registro de vehículos que ofrecen servicio de transporte mediante plataformas

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Tras recibir a representantes de conductores que ofrecen servicio de transporte mediante plataformas digitales, éstos se comprometieron ante la Secretaría de Movilidad a promover entre sus compañeros el registro de sus unidades para evitar ser multados, en tanto que, por su parte, la autoridad mantendrá abiertas las ventanillas de atención para que se regularicen.

En la reunión con el director general jurídico, José Luis Quiroz González, y el comisario general de la Policía Vial, Marco Antonio Castañeda Águila, se explicó a tres voceros de los conductores inconformes que en las revisiones a vehículos que prestan el servicio de transporte público a través plataformas digitales que a partir de hoy emprendió la Secretaría de Movilidad, lo único que hace es aplicar la ley y reglamento vigentes desde 2016, año desde el que a pesar de haber otorgado varias prórrogas para el registro de quienes ofrecen este servicio, la respuesta ha sido muy baja.

Fue a partir de 2016 que se reformó el Reglamento de la Ley de Movilidad para encuadrar la obligación que tienen los prestadores del servicio de transporte público de registrar ante la Secretaría de Movilidad tanto el vehículo, el conductor y los socios de las plataformas.

En esa modificación al reglamento publicada ese mismo año se establece todo el procedimiento a seguir y requisitos que los prestadores de este servicio deben cumplir, que si bien se trata de un contrato entre particulares, al referirse a transporte público debe estar regulado por la autoridad.

Fue también en ese año cuando se abrieron módulos equipados con personal suficiente en la Calle 2 (Parres Arias y Periférico norte en Zapopan), para efectuar las revistas de los vehículos y el registro de los prestadores de este servicio, sin embargo, a pesar de estar abiertos hasta en fines de semana y en períodos vacacionales, la respuesta ha sido muy baja

Igualmente se les aclaró que el pago del 1.5 % que cada empresa de redes de transporte debe efectuar por cada viaje, es diferente a los alrededor de mil 700 pesos que están obligados a pagar anualmente los socios por el derecho a estar registrados.

Se insistió en que lo único que hace la SEMOV es aplicar lo dispuesto en el artículo 187 de la Ley de Movilidad, que es verificar que quienes ofrecen este servicio estén debidamente registrados, pues de lo contrario, procede una multa de entre 12,090 a 16,120 pesos, aunque al igual que en otro tipo de multas, si se pagan dentro de los primeros diez días de aplicada la sanción, se hacen acreedores a un descuento del 50 por ciento, con lo cual se desmiente la versión de que tendrían que pagar alrededor de 18 mil pesos.

Sobre algunos aspectos que incluyen su pliego petitorio, también se les aclaró que el engomado no es cobrable, pues sólo se trata de un medio para identificar a quienes han iniciado el registro y mientras se concluye el trámite, y sobre el seguro del vehículo no se les exige que sea de determinada agencia, sino únicamente que cubra los requisitos que establece la norma técnica.

En esta reunión representaron a los conductores Alan Reenua, José Luis Castellón y Abraham Bañuelos.

Cabe recordar que en estos operativos de revisión también se incluye a los taxis de sitio para corroborar que éstos estén registrados conforme a la norma técnica.

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Periodista, resignado Atlista, enamorado de mi ciudad y de mi Estado. De L a V en punto de las 7am al aire @1070noticias http://bit.ly/oYJFU2