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La Reforma Electoral «Light» que viene

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Por: M. Alejandro MURILLO GUTIÉRREZ

Desde hace año y medio que concluyó el proceso electoral local ordinario 2014-2015, se comenzó a señalar en diversos círculos políticos, la necesidad de efectuar una reforma integral en materia electoral que permitiera perfeccionar o en algunos casos modificar aquellos aspectos que no resultaron suficientemente favorables o debidamente desarrollados por las autoridades y partidos políticos, al ejecutar las nuevas disposiciones resultantes de la reforma político electoral federal y local del año 2014.

Sin embargo, 19 meses después el panorama no ha cambiado mucho y estando a solo 21 días aproximadamente de que venza el plazo constitucional para que se puedan promulgar reformas que sean aplicadas en el próximo proceso electoral local 2017-2018, no se tienen propuestas o temas consensados entre las diferentes bancadas que integran el Congreso del Estado de Jalisco.

Adicionalmente a esto, las escasas facultades que tiene el Congreso del Estado para legislar en temas electorales y las diferencias en intereses de cada partido político representado en el poder legislativo, han dificultado que propuestas socialmente aceptadas y jurídicamente viables e incluso algunas necesarias, puedan tener un feliz término y sean aprobadas en tiempo y forma.

Recordemos inicialmente que según lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por resoluciones y criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los diputados locales no tienen atribuciones para legislar o realizar reformas electorales en cuestiones como la permanencia y funcionamiento de las autoridades electorales locales (IEPC Jalisco y Tribunal Electoral local), eliminación de financiamiento Público a Partidos Políticos, Coaliciones, modificación de geografía electoral y por tanto reducción de diputados de mayoría relativa, propaganda electoral en radio y televisión, programa de resultados electorales preliminares, encuestas, sondeos y estudios de opinión, así como en capacitación electoral, ubicación e instalación de casillas, ni en la designación de los integrantes de las mesas directivas de casilla, entre otros temas.

En ese contexto, al legislativo local le queda la posibilidad de legislar sobre temas como la reducción o mantenimiento de recursos públicos a los partidos políticos, la reducción en el número de diputaciones de representación proporcional, duración de los tiempos de campañas y precampañas, integración de ayuntamientos, fórmulas y requisitos para la asignación de diputados y regidores de representación proporcional, ajustar la legislación para el registro de candidatos y candidatas en paridad de género tanto vertical (como ya se establece en el Código de la materia), como horizontal como ya se ha resuelto desde el año 2015, en diversas sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y en lineamientos específicos emitidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre este tema y que incluso ya le costó el puesto a quienes entonces se desempeñaban como Consejeros Electorales en el estado de Chiapas, por incumplir con el principio de paridad de género en el registro de candidaturas durante el proceso electoral 2014-2015.

Los temas que pudiera abordar la reforma electoral que se cocina en el legislativo de Jalisco, son pocos y además no hay consensos, algunas propuestas que se han dado a conocer a través de los medios de comunicación, apuntan al intento de desaparecer a los partidos conocidos como pequeños, ya que dejarlos sin recursos públicos, aumentarles el porcentaje de votación que se requiere para acceder al financiamiento público estatal o a los cargos de representación proporcional en los ayuntamientos o en el Congreso del Estado, los dejaría al borde de su muerte operativa y posteriormente su desaparición.

Otras propuestas como la reducción de los diputados de representación proporcional o la desaparición de la lista de candidatos no ganadores con mejores porcentajes de votación que pueden acceder a la asignación de diputados por el principio de representación proporcional, buscan inicialmente que ningún partido político tenga el control mayoritario del Congreso del Estado, y en segundo término que se privilegie a los candidatos de partido, sobre aquellos que salen a la calle durante 60 días a realizar campaña y convencer al electorado. Situación que no a todos los partidos políticos que actualmente tienen representación en el legislativo estatal, les beneficia, por lo que no ven con buenos ojos estas propuestas.

La cuestión de reducir e incluso eliminar el dinero público que se le otorga por ley a los partidos políticos, se ha vuelto en los últimos meses en una bandera muy atractiva y popular que han querido hacer suya, tanto institutos políticos, gobernantes y legisladores, sin embargo hemos visto cómo hasta este momento no hay una propuesta viable que pueda poner fin al derroche de dinero que se destina al mantenimiento de los partidos, quienes poco a poco, tanto a nivel federal como a nivel local, se van desmarcando de estas propuestas y van asumiendo otras más conservadoras como seguras para seguir recibiendo presupuesto local cada mes. Es por ello que ya ha habido posicionamientos en el sentido de solamente reducir el monto que se destina a los partidos fuera de proceso electoral, ya que tienen que seguir realizando actividades que la ley les obliga, como mantener una estructura en el estado, realizar actividades específicas, así como de promoción política de la mujer, entre otras.

Otras cuestiones planteadas en el pasado, como reducir el salario de Consejeros y Magistrados Electorales, es un asunto inconstitucional e ilegal, ya que los 7 integrantes del Consejo General de IEPC Jalisco y los 5 magistrados del Tribunal Electoral de Jalisco, ya tiene derechos generados en torno a sus percepciones establecidas en la Constitución del Estado y modificar a estas alturas del partido, dichas disposiciones, estarían violando derecho ya constituido en perjuicio de los derechos existentes; asimismo en el caso de que una reforma en el tema del salario fuera aplicable a los nuevos funcionarios electorales a elegir en el último trimestre del año, generaría una falta de igualdad y de seguridad jurídica, ya que tendríamos consejeros y magistrados de primera y de segunda, según el salario que perciban los nombrados en 2014 y los nombrados en 2017.

En resumen, se puede advertir que la próxima reforma en materia electoral local, que se aprobará durante el presente mes de mayo, según lo han señalado los diputados estatales, será muy ligth, y no tendrán muchos cambios las reglas para el proceso electoral, pudiendo adelantarse que será un hecho la eliminación de la cláusula de gobernabilidad (que ya fue inaplicada por autoridades jurisdiccionales locales y federales en 2015), la paridad de género horizontal y vertical (decretada obligatoria por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y el Consejo General del INE) y con fuerza pero con alta probabilidad, la reducción de financiamiento público a partidos políticos (habrá que esperar para ver en qué porcentaje), la reducción de 1 ó 2 diputados de representación proporcional, aunque ahí los partidos pequeños son quienes estarán en contra de dicha medida y por último la posibilidad de que las campañas electorales duren 60 días para gobernador, y 30 para diputados y munícipes, tal y como se establece en la Constitución Política de nuestro país como parámetros mínimos.

Por último habría que recordarles a los diputados locales algunos puntos que también sería conveniente que legislaran en esta reforma electoral y que anteriores legislaturas han sido omisas en abordar, tales como requisitos, procedimiento, sustanciación y resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, el cual no se encuentra contemplado en el Código Electoral y de Participación Social del Estado, y el cual sin embargo ya tiene 6 años (desde el 2011) de estarse promoviendo por ciudadanos, así como tramitándose y resolviéndose por el Tribunal electoral local, con base en lineamientos establecidos en un acuerdo. Asímismo la ampliación de plazos y términos para establecer las etapas de prevención y cumplimiento de requerimientos en las diversas etapas de registro de candidatos independientes y candidatos de partidos, ya que lo estrecho de los tiempos contemplados en la legislación local ha generado el desperdicio y derroche de recursos públicos ante las resoluciones de los tribunales en las que han ordenado reponer procedimientos e incluso han otorgado el registro de candidaturas a pocos días de la jornada electoral, obligando a contratar la reimpresión de nueva documentación electoral y tirar a la basura miles de actas, boletas y demás papelería ya adquirida.

Como decía nuestro gran amigo QEPD, José María Pulido, “la reforma que viene”, que esperar de ella…. Esperemos que en las próximas semanas que le restan al poder legislativo, se pueda tener una reforma electoral publicada y de trascendencia para el proceso electoral local ordinario 2017-2018, y la cual contenga temas que realmente sean trascendentes para la sociedad de Jalisco, pero principalmente para mejorar la democracia, el sistema político electoral y con ello una transición de poderes pacífica y en calma, donde todos los actores y autoridades, se apeguen a las reglas y al final acepten los resultados electorales que los ciudadanos determinen con su voto en las urnas.

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