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La Ley Televisa

Por: Alberto Fernando Velasco Vera

La contrarreforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, también conocida como la Ley Televisa Döring, marca un retroceso en materia de los derechos de las audiencias, atentando así contra un derecho consagrado en el artículo 6 de la ConstituciónMexicana.

Dicha contrarreforma obedece a los intereses particulares de las grandes empresas televisoras, antes que responder a los intereses de las audiencias, es decir, de todos los ciudadanos que son a quienes los diputados debieran de representar y ejercer su actividad en aras de dar certidumbre a una serie de derechos como la libertad de expresión y el derecho a la información.
Estos mismos derechos, son considerados derechos Humanos, es decir de las personas físicas, de todo individuo que se dedique al libre ejercicio de comunicador y de su interés por informar bajo los principios de veracidad, objetividad, oportunidad, pluralidad, etc.

Tal pareciera que estos derechos son exclusivos de los grandes corporativos televisivos y son ellos los que deben de decir cómo y de qué manera se deben tomar en cuenta los derechos de las audiencias, ya que para ellos no es engañoso el que se disfrace una noticia de publicidad, sino una estrategia de mercadotecnia, lo cual para la empresa le significa ingresos cuantiosos, como ejemplo tenemos el spot de “Información que cura”.

La complicidad con que el ejecutivo federal a través de la Secretaría de Gobernación actúa en beneficio de los Medios de comunicación al aprobar unos criterios de clasificación de contenidos audiovisuales, violentando uno de los principios fundamentales del ser humano como es el interés superior de la niñez, ya que los menores están expuestos a contenidos de violencia, sexo, drogas y abusos del lenguaje en horarios accesibles y sin la supervisión de un adulto que oriente sobre los contenidos.

Así, más que beneficiar a las audiencias se expone a contenidos más deplorables de baja calidad y comicidad, uso del lenguaje soez y donde el respeto a las audiencias se vulnera sin que nadie ni nada ponga en orden dichos contenidos audiovisuales.

Por otro lado, la contrarreforma pretende eliminar los derechos de las audiencias marcados en el artículo 256 de la LFTyR, lo que con lleva a un grave retroceso de los derechos Humanos en materia de derechos de las Audiencias; así mismo, se contempla eliminar atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y debilitar su actuar ante los medios de comunicación.

Otro de los puntos en cuestión es el futuro de los defensores de las Audiencia, según la reforma de ser una figura protagonista, pasarían a ser una figura decorativa, ya que libremente los concesionarios podrían contratar a un defensor sin los requisitos mínimos y obedeciendo a los intereses del concesionario, y no de las audiencia. Misma situación se presenta con los Códigos de Ética, con los que cada concesionario deberá de contar, donde ya no será revisado y sancionado por el IFT y será responsabilidad única del medio de comunicación.

Ante ello, la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA), emitió un comunicado donde deja de manifiesto su postura ante dicha contrarreforma, y precisa con claridad lo puntos que deben los legisladores tomar en cuenta.

Les comparto el comunicado de la AMDA, dando click al siguiente link:

Alberto Fernando Velasco Vera, es Defensor de la Audiencia del Sistema Jalisciense de Radio y Televisión; Docente de la Materia de Legislación de Medios Electrónicos en la UNEDL; Maestro en Administración de la Educación; Licenciado en Derecho; Licenciado en Ciencias y Técnicas de la Comunicación.

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Periodista, resignado Atlista, enamorado de mi ciudad y de mi Estado. De L a V en punto de las 7am al aire @1070noticias http://bit.ly/oYJFU2