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El Sexting se castiga en Jalisco

Por: Salvador Cosío Gaona

Existe un fenómeno social en el cual algunos adolescentes y jóvenes principalmente, hacen uso de la tecnología para realizar conductas que a nuestro juicio son contrarias a la moral pública. Nos damos cuenta que los aparatos móviles están siendo utilizados para compartir contenido íntimo, produciendo con esto un crecimiento de manera sustancial en diversas conductas como chantajes, acosos, venganza, morbo, diversión, divulgación y demás que se realizan y que causan un daño que debe ser considerado como grave.

Con la tecnología con que contamos, es interesante ver cómo los jóvenes pueden obtener, reproducir, divulgar, exhibir, publicar, compartir, reenviar, transmitir, retransmitir o distribuir por cualquier medio, imágenes, fotografías, videograbaciones o inclusive conversaciones de texto o audio.

El problema viene cuando el contenido son desnudos parciales o totales o en su caso que contengan material de naturaleza erótico sexual que afectan el derecho a la honra o a la integridad moral de una persona.

Algunas personas señalan que este tipo de contenidos es de intercambio común entre parejas, amigos con algún tipo de relación sentimental, “quedantes” o “Free” como ahora se les llama a diferentes formas de unión entre los jóvenes.

Sin embargo, lo que surgió como una forma, quizá de coqueteo, toma otra dimensión cuando llega a las redes sociales sin el consentimiento de quien está siendo exhibido. Claro está que para obtener tal material es que se aprovechan para su obtención de una relación sentimental, de parentesco o autoridad.

Es lamentable que este tipo de conductas se estén dando de forma reiterada y en aumento entre los adolescentes y jóvenes, ya que de una relación sentimental, sea de amistad, noviazgo, parentesco o autoridad sobre la persona, el motor inicial es el aprovechamiento del sentimiento que existe por lo menos de parte del sujeto pasivo para con el activo; esto es, por lo general las niñas, adolescentes o jovencitas son quienes acceden a las peticiones de su pareja, en donde se dejan tomar imágenes, fotografías, videos con desnudos parciales o totales e incluso en algunos casos la realización de actos sexuales o relaciones sexuales que pueden ser grabadas o captadas por algún medio electrónico que hoy en día contamos.

La situación señalada es grave, ya que cuando una niña, adolescente o joven realiza actos como los apuntados en líneas anteriores, no se miden las consecuencias o posibles daños que causaría cuando ese material llegara a manos de otro persona ajena a la pareja o en su defecto cuando sea publicada de forma dolosa y sin el consentimiento de la persona involucrada.

Preocupados por este tema, los diputados del Partido Verde en el Congreso de Jalisco, consideraron necesario introducir este concepto  (sexting) en la legislación penal como medida que busque inhibir las conductas que se despliegan en dicho sentido, ya que no se necesita ser muy explícitos en cuanto a los daños morales que pueden darse cuando imágenes o fotografías por mencionar solo algunas formas y que contienen desnudos parciales o totales, son publicados de forma tal que sean vistos por la sociedad; lo cual da como consecuencia en un daño grave para la persona.

El penalizar la pornografía por venganza, es una medida sumamente importante para proteger a las víctimas de daños a su salud, su seguridad física, emocional y económica. Se pretende disuadir las invasiones a la privacidad y dejar poderosamente en claro que es inaceptable publicar los momentos más íntimos de una persona que con frecuencia son un caso de abuso a su confianza y su consentimiento.

Es necesario repetir esta lección constantemente para que los usuarios de la red, especialmente los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, o cualquier persona se dé cuenta que el avergonzar y atemorizar a los individuos es una práctica inaceptable. La penalización a la revelación de imágenes al desnudo de una persona sin su consentimiento es una práctica que atemoriza a la sociedad por eso fue necesario tomar medidas referentes a esto.

La propuesta de los diputados del Verde de sancionar el sexting, fue aprobada en septiembre de 2017 con 34 votos de los legisladores del Congreso de Jalisco, las sanciones van de cuatro a ocho años de prisión a quien incurra en esta falta pero si se trata de un menor de edad, el delito se equipara con pornografía infantil, por lo que la pena es de siete a 12 años de prisión y multa desde 60 mil 392 pesos hasta 150 mil 980 pesos.

Así pues, de acuerdo al artículo 135 Bis, en Jalisco se establece como delito al que obtenga, reproduzca, divulgue, exhiba, publique, comparta, reenvié, transmita, retransmita o distribuya por cualquier medio, imágenes, fotografías, videograbaciones o conversaciones de texto o audio, que contengan desnudos parciales o totales o en su caso que contengan material de naturaleza erótico sexual que afecten el derecho a la honra o a la integridad moral de una persona, valiéndose para su obtención mediante de alguna relación sentimental, de parentesco o autoridad sobre el pasivo; considerando para ello como sanción el de dos a cuatro años de prisión de forma genérica, pero cuando dicho delito sea cometido en agravio de un menor de edad, la pena se deberá aumentar en una tercera parte de la que corresponde, esto en consideración de que cuando se esté en ese supuesto el daño psicológico, moral, económico, etcétera será mayor, lo cual debe ser sancionado con mayor severidad.

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@salvadorcosio1

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Periodista, resignado Atlista, enamorado de mi ciudad y de mi Estado. De L a V en punto de las 7am al aire @1070noticias http://bit.ly/oYJFU2