La SEP informo que se declara inhábil el periodo comprendido del 25 al 29 de septiembre de 2017 para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos que se desarrollan ante esta dependencia esto después de un acuerdo.
Lo que no se podrá realizar es: la recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Educación Pública.
Indicó que cualquier actuación, requerimiento, solicitud o promoción realizada ante la Secretaría de Educación Pública, en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.