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Avanza en comisiones minuta sobre maternidad en las fuerzas armadas

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La Comisión de la Defensa Nacional de la Cámara de Diputados aprobó la minuta para homologar dos artículos de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y de la Ley Federal del Trabajo, respecto a los días de descanso de las mujeres militares durante el embarazo o nacimiento de sus hijos.

La minuta avalada por los diputados, enviada por la Cámara de Senadores, adiciona dos párrafos al Artículo 152 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a fin de homologarlo con el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.

El presidente de dicha comisión legislativa, Virgilio Méndez Bazán, comentó que el dictamen tiene el propósito de “seguir demostrando el compromiso con la salud materna y perinatal de las mujeres miembros de las fuerzas armadas, alineándose con los objetivos a nivel federal, junto con las instituciones de salud”.

El documento establece que “a solicitud expresa del personal femenino, previa autorización escrita del médico de la institución de seguridad social que le corresponda, tomando en cuenta la naturaleza del trabajo que desempeñe, se podrá transferir hasta medio mes de los 30 días de descanso previo al parto, para después del mismo”.

“En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta medio mes adicional posterior al parto, lo cual deberá ser comprobado con los dictámenes expedidos por médicos militares o navales especialistas en servicio activo”.

La diputada de Morena, Maricela Contreras Julián, destacó la importancia de fomentar la igualdad en las fuerzas armadas y sostuvo que se abre la brecha para dar a las mujeres del Ejército la posibilidad de decidir en qué momento pueden gozar su tiempo de licencia por maternidad para estar con sus pequeños.

A su vez, la diputada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Yaret Guevara Jiménez, resaltó el compromiso que tiene el Congreso para proteger de forma integral la maternidad.

“Las mujeres y madres que forman parte de las fuerzas armadas, forjadas en la disciplina, honor y lealtad, necesitan contar con este importante respaldo”, consideró.

Por otra parte, los integrantes de dicha comisión aprobaron el dictamen que modifica los artículos 55, 57 y 135 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Ello, para que en caso del fallecimiento de un militar, el familiar “que acredite los gastos de sepelio”, a través de la presentación de la factura original, tendrá el derecho a que se le cubran, por concepto de “pagas de defunción”, con lo cual se busca agilizar el trámite.

En el caso de padres que tengan varios hijos militares, la ayuda para gastos de sepelio se le cubrirá al descendiente que “acredite haberlos efectuado”.

También tras el fallecimiento del militar, la cónyuge, concubina o concubinario que adquieren el carácter de pensionistas, podrán solicitar su permanencia o ingreso a la casa hogar, previa solicitud y cumplimiento de los requisitos que se fijen.

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Periodista, resignado Atlista, enamorado de mi ciudad y de mi Estado. De L a V en punto de las 7am al aire @1070noticias http://bit.ly/oYJFU2