La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que los padres adoptivos en Baja California Sur podrán acceder a licencias de paternidad y maternidad con la misma duración que las personas gestantes, además de poder solicitar una prórroga de hasta tres meses en casos donde los hijos tengan alguna discapacidad o problema médico.
Tras concluir el análisis de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, el tribunal determinó que los plazos diferenciados anteriormente establecidos para madres y padres son inconstitucionales. Mientras que a las madres se les concede una licencia de tres meses, a los padres solo se les otorgaban 10 días hábiles, lo cual la Corte consideró discriminatorio.
En la resolución, el Pleno de la SCJN estableció que ambos padres deben gozar de un período de licencia de tres meses para equilibrar las responsabilidades de cuidado de los hijos. Además, se reafirmó que tanto madres como padres pueden solicitar la prórroga en sus licencias en caso de que los hijos nazcan con alguna discapacidad o enfermedad que requiera hospitalización.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien elaboró el proyecto, señaló que, mediante una interpretación conforme, estos beneficios también deben aplicarse a los padres adoptivos, garantizando así la igualdad en derechos y obligaciones.
Esta decisión, que solo tiene efecto en Baja California Sur por tratarse de una resolución en el ámbito local, marca un precedente importante para futuras legislaciones en otras entidades del país.
La resolución busca promover una mayor igualdad en la distribución de tareas de cuidado y apoyo en la crianza, fortaleciendo los derechos de las familias en su diversidad.
Con información de Proceso.