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Proponen sancionar a quien exhiba material sexual de su pareja

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Con el objetivo de proteger la integridad moral de una persona, legisladores del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en Jalisco, proponen que se establezca como delito el hecho de exhibir por cualquier medio fotografías, videos, conversaciones de texto o audio que contengan desnudos o material erótico sexual que se obtiene en una relación sentimental.

Según un estudio realizado en 2012 por la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI) respecto de los hábitos de internautas en México, señala que nueve horas diarias se destinan al consumo de internet para utilizar las redes sociales, ya sea para trabajar, comunicarse, o simplemente para informarse o dialogar con amigos.

El uso del internet por medio de los celulares inteligentes ha facilitado más la transmisión de información y por supuesto que ha ido tomando más campos que otros aparatos con tecnología inteligente.

Por lo anterior, nos damos cuenta que los teléfonos están siendo utilizados para compartir contenido íntimo por medio de la tecnología, produciendo con esto un crecimiento de manera sustancial en diversas conductas como chantajes, acosos, venganza, simple morbo, diversión, divulgación y demás que se realizan y que causan un daño que debe ser considerado como grave.

La propuesta de los diputados del Partido Verde prevé sanciones de 2 a 4 años de prisión de forma genérica y cuando el delito sea cometido en agravio de un menor de edad, la pena incremente en una tercera parte de la que corresponde, esto en consideración de que cuando se esté en ese supuesto el daño psicológico, moral, económico, etc. debe ser sancionado con mayor severidad.

Propuesta de Reforma:
INICIATIVA DE LEY que reforma el artículo 135 y adiciona el artículo 135 Bis, al Capítulo I correspondiente a los Ultrajes a la Moral Pública o a las Buenas Costumbres e Incitación a la Prostitución que se encuentra en el Título Quinto que dispone sobre los Delitos Contra la Moral Pública y que están dentro del Libro Segundo del CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE JALISCO.

Se ha considerado que el nuevo delito que se plantea, debe ser incorporado dentro del Capítulo I y que corresponde a Ultrajes a la Moral Pública o a las Buenas Costumbres e Incitación a la Prostitución que se encuentra en el Título Quinto que dispone los Delitos Contra la Moral Pública y que están dentro del Libro Segundo del Código Penal del Estado de Jalisco, por ser en donde de forma acertada debe incluirse, aunado a señalar que el artículo 135 contempla diversas conductas delictivas que después de una lectura ligera podríamos pensar que ya se encuentra la conducta que pretendemos se incluya en la legislación penal, pero no es así, más aún en el afán de fortalecer lo dicho en esta iniciativa,

Al artículo 135 en su último párrafo se pretende adicionar la palabra “sentimental” para que con ello cuando el delito se cometa valiéndose de alguna relación de parentesco o autoridad sobre el pasivo, también la palabra sentimental se considere para las conductas que dispone el artículo 135 del Código Penal de Jalisco y sea sancionado.

La Fracción del PVEM está integrada por la Diputada Erika Lizbeth Ramírez Pérez, Enrique Aubry de Castro Palomino y Omar Hernández Hernández.

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