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Proponen diputados sancionar actividades ilícitas cometidas por servidores públicos

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El diputado Hugo René Ruiz Esparza Hermosillo subió a Tribuna para exponer a nombre de los legisladores que integran la Fracción Parlamentaria del PRI, la iniciativa que reforma los artículos 144, 146, 147, 152, y 153; y adiciona las fracciones I a III del artículo 147, artículo 152 Bis, Capítulo VII Bis, artículo 152 Ter y los párrafos Segundo y Tercero del artículo 153 del Código Penal.

Señaló que hace algunos meses se discuten reformas, a nivel nacional, en el tema de combate a la corrupción como un nuevo paradigma de la sociedad mexicana. La iniciativa tiene como fundamento sancionar las actividades ilícitas cometidas por los servidores públicos en el ejercicio de su trabajo, cargo o comisión; así como de los particulares beneficiados por éstas.

“Esta propuesta tiene la imperiosa necesidad de impedir que los funcionarios públicos incurran en actos de corrupción; es la respuesta a la exigencia ciudadana de reglamentar el actuar de la autoridad y tener la certeza de que se sancionaran sus excesos, omisiones y delitos; y establecer claramente la responsabilidad de la misma”, subrayó.

Con esta reforma se establecen las sanciones a que se harán acreedores los servidores públicos que incurran en delitos de corrupción; para ello, se tomará en cuenta su nivel jerárquico y el grado de responsabilidad del encargo; su antigüedad en el empleo; antecedentes de servicio; percepciones; grado de instrucción; y las circunstancias especiales de los hechos constitutivos del delito.

Al funcionario que se encuentre responsable de alguno de los delitos se le inhabilitará para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos; así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio del Estado por un plazo de uno a veinte años.

Si el responsable tiene el carácter de particular, se hará acreedor a una sanción de inhabilitación para desempeñar un cargo público, de participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.

Se penalizará al diputado que, en ejercicio de sus funciones y en el marco de aprobación del Presupuesto de Egresos respectivo, gestione o solicite la asignación de recursos a favor de un ente público, exigiendo u obteniendo, para sí o para un tercero, una comisión o contraprestación en dinero o en especie, distinta a la que corresponde por el ejercicio de su encargo; el otorgamiento de contratos de obra pública o de servicios a favor de determinadas personas físicas o morales.

También se establecen sanciones para quien incurra en abuso de autoridad y delito de cohecho; cuando sea culpable de desvío y aprovechamiento indebido de atribuciones y facultades; dé permisos, licencias, adjudicaciones o autorizaciones de contenido económico; exista enriquecimiento ilícito del servidor público y no pueda justificar la procedencia lícita de sus bienes; así mismo propone la creación de un nuevo tipo penal: Tráfico de Influencia.

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