Gobierno de Guadalajara no puede suspender obras de Mexicaltzingo

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    El Gobierno de Guadalajara no ha sido omiso, ni ha solapado la construcción de edificaciones irregulares en la ciudad. En el caso específico del edificio situado en Mexicaltzingo 2209 y Vidrio 2214, actualmente el municipio está legalmente impedido para realizar cualquier clausura a dicha edificación a través de su Dirección de Inspección y Vigilancia, o incluso para suspender la obra por mandamiento del Presidente Municipal, debido al juicio de nulidad 1818/2016, tramitado por el constructor ante la Cuarta Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco.

    En cuanto a que el Juzgado Primero de Distrito declaró ilegal la licencia de construcción, cabe señalar que si bien es cierto que con fecha 27 de julio de 2016 se dictó sentencia en la que se concedió el amparo y protección de la justicia federal a las ciudadanas afectadas, el desarrollador, en su calidad de tercero interesado, interpuso un recurso de revisión, del que tocó conocer al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa (número de expediente 590/2016), mismo que se encuentra pendiente de resolverse, por lo que el fallo dictado por el Juzgado de Distrito no es firme aún.

    Respecto al juicio de amparo promovido por las vecinas afectadas, el cual se tramita actualmente ante el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa (número de expediente 2647/2016), el Juzgador señaló improcedente otorgar la medida cautelar, por lo que resulta evidente que prevalece la suspensión decretada en dicho juicio de nulidad y por la cual se impide a este Ayuntamiento clausurar las obras.

    Esta construcción ya fue clausurada fecha 06 de abril de 2015 por el inminente daño que representa, lo que ocasionó que el particular promoviera juicio de nulidad, el cual fue admitido por la Quinta Sala Unitaria del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco con fecha 14 de octubre de 2015, en el que, en primera instancia, se negó al particular la suspensión solicitada bajo el argumento de que se atentaría contra el orden público y el interés social, por los daños ocasionados a la finca vecina (vidrio 2218).

    Este Gobierno reitera que seguirá trabajando para que los intereses públicos estén por encima de los intereses privados. Por eso, durante esta administración no ha habido un solo desarrollo inmobiliario nuevo fuera de la ley y ha implementado el mecanismo de Compensación, Indemnización y Mitigación por Acciones Urbanísticas.

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